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Pinchazo del primer pleito de la nueva ley: inadmitido por faltar la mediación

Publicado: 11 de abril de 2025, 08:39
  1. artigos de prensa

https://www.farodevigo.es/gran-vigo/2025/04/11/pinchazo-primer-pleito-nueva-ley-116265076.html

 

Un juzgado de Familia de Vigo rechaza la demanda de una madre que necesita el aval judicial para viajar al extranjero con su hija ya que no cumple con el requisito de la negociación previa.
    
Las bondades que promulga el texto legal contrastan con el caos y la vorágine de dudas en la que están inmersos los juzgados y los despachos de abogados. Hace una semana, el 3 de abril, entró en vigor la ya conocida como Ley de Eficiencia Procesal. Uno de los cambios que introduce esta ambiciosa reforma es que a partir de ahora se exigirá una mediación o conciliación previa en la mayoría de pleitos civiles y mercantiles. El objetivo, a ojos del legislador, es desatascar los juzgados y fomentar la «actividad negociadora» para intentar solucionar los conflictos que inundan los tribunales fuera de la vía judicial. Pero la mayoría de operadores judiciales consultados coinciden en que esto no se va a lograr. Al contrario, avisan, lo único que traerá consigo el ineludible requisito es un «incremento de gasto y de tiempo» para los ciudadanos.

En Vigo la obligación de acudir a los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como requisito de procedibilidad, es decir, como condición para que una demanda sea admitida, afecta a los 16 juzgados de Primera Instancia, incluidos los tres de Familia, y al Mercantil. Ese intento de consenso previo se requerirá en la gran mayoría de los miles y miles de litigios civiles que anualmente entran en estas salas. Los letrados de la Administración de Justicia celebraron recientemente una junta sectorial para unificar criterios. El acta que ha resultado de esa reunión aún está en fase de alegaciones. Porque «la pregunta del millón», como bien apunta una abogada, es la de qué tipo de mecanismos se consideran negociación previa a los efectos de que una demanda supere el filtro y sea aceptada en el juzgado.

 
Atasco de litigios
Estos juzgados recibieron un aluvión de pleitos en los meses previos al arranque de la ley con el objetivo de eludir la reforma. Solo las demandas por deudas se dispararon un 76%. La oficina que registra y reparte los procedimientos a los distintos juzgados está saturada, motivo por el cual la mayor parte de estos tribunales aún no han recibido asuntos que deban tramitarse según el nuevo texto legal. «Aquí aún están llegando los que se presentaron a finales de marzo, tendremos que esperar unos días para tramitar los que entraron a partir del 3 de abril», explicaban ayer en un juzgado de Primera Instancia.


Pero en un juzgado de Familia, en el 15, acaban de recibir un pleito formalizado tras esa fecha: un expediente de jurisdicción voluntaria de una madre que quiere ir de vacaciones al extranjero con su hija menor de edad y que necesita el aval judicial ya que su expareja se negó a firmar la autorización. Para este tipo de litigio no se necesita abogado ni procurador. La mujer formalizó ella misma la demanda, pero sin conciliación previa. Unos mensajes de WhatsApp que hay entre la documentación no son válidos. Así que el juzgado acaba de inadmitir la demanda. «No se puede hacer otra cosa, no cumple con la nueva ley», explican. El efecto para esta viguesa es que un asunto que estaría solucionado en pocas semanas ahora podría demorarse hasta el punto de que la solución llegue cuando ya haya pasado la fecha del viaje que quiere hacer con su hija.

«No tiene sentido exigir la conciliación cuando lo que está en juego son los alimentos de un niño»
«La ley está llena de contradicciones: en un pasaje dice que sí a una cosa y en otro que no... Y después se contradice con otras normas legales», se quejaban esta semana en un juzgado de Familia de Vigo, donde afirman que, transcurrida ya una semana desde la entrada en vigor, aún no tienen claro, debido a esa «falta de claridad» del texto legal, si en un amplio grupo de procedimientos en los que hay menores de edad de por medio se debe requerir o no el requisito de la mediación o conciliación previa.

«Esta ley parece una zancadilla», describen en otra sala. Y no solo hay dudas en los juzgados. La reforma también trae de cabeza a los abogados. ¿Cómo van a cumplir con esa obligación de negociar antes de formalizar la demanda? Isabel Olcina afirma que lo hará con un burofax o buromail que dirigirá a la parte contraria: «No recomendaré a mis clientes una mediación externa, eso solo es un incremento de gasto económico y de tiempo. Nosotros, los abogados de Familia, ya intentamos siempre llegar a acuerdo antes de ir a la vía judicial. Con esta ley parece que se cuestiona nuestra labor».Carlos Borrás coincide. «Para cumplir el requisito mandaré una carta, como hago siempre, con acuse de recibo y dirigida al contrario; no iré a un mediador externo, ese papel ya lo hago yo como abogado», explica.

Otras abogadas como Mar Prado o Marta García Ozores se preguntan cómo se canalizará esta obligación con los clientes del turno de oficio, los que tienen derecho a justicia gratuita. También Ana García Costas. «¿Qué hacemos? ¿Pagamos de nuestro bolsillo el burofax o la mediación? Porque es algo que no se ha previsto», advierte. Esta letrada es crítica con la nueva exigencia legal, sobre todo en temas tan delicados como las pensiones de alimentos o las visitas de los hijos de padres divorciados: «No tiene sentido, no se puede hacer eso con una pensión: los niños comen todos los días, no pueden estar esperando tres meses a un mecanismo de mediación».

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